martes, 30 de octubre de 2018

AUTOBIOGRAFIA DEL REY CONSTANTINO

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En el año 2015 se presentaba en Grecia la autobiografía del Rey Constantino


El Diario To VIMA  fin de semana,  se hacia con la exclusiva.

Un periodistas griego, especializado en tema histórico, tras conocimiento de que el ex monarca dedicaba parte de su  tiempo a escribir sobre sus memorias, con una perspectiva de futuro, decide, hablar con él, para pedirle que le cediera parte del contenido de esa  autobiografía.

El  periodistas tenían una larga trayectoria, y en diversas ocasiones habían entrevistado al Rey para hacer documentales o entrevistas.
Autobiografia del Rey Constantino

Constantino quiso premiar al periodista, y al medio , To Vima  fin de semana, que no debe de confundirse con la edición diaria del periódico. Debido a que este medio griego, le otorgó en 1989 la posibilidad de aparecer en un medio Heleno, con una interesante entrevista.

Esta intervención de 1989- 1990 era muy importante debido a que las leyes griegas firmadas por la república, han sido calificadas, de adoctrinamiento. Durante años ha existido una ley no escrita en los medios griegos de no publicar fotos o entrevistas con miembros de la familia real . Sabido es que el gobierno limito el otorgamiento de licencias a medios de comunicación a que no se diera cobertura a la antigua familia real.

Sin embargo el diario de tirada nacional To Vima, rompió  en 1989 la prohibición y publico una entrevista realizada en su casa de Londres al antiguo Rey.

Hoy en día la crisis ha cambiado el panorama, y el descredito político a las dos grandes dinastías que se han sucedido en el gobierno en las últimas décadas, y a quiénes se culpa de haber creado una forma de vida en el país dedicadas a mal gastar el dinero publicó, creando una colosal de deuda, ocultada durante años, y que ha sido la consecuencia de la grave situación económica griega actual. Muchos medios rompían las prohibiciones marcadas por estas dinastías centrándose en informar de la presencia del Rey y su familia en suelo griego, de sus entrevistas, y de sus comunicados y opiniones. Lo que permitió la boda del príncipe Nikolaos en Spetses en 2010, y que ha culminado con la autobiografía.A pesar de que siguen existiendo medios que se niegan a informan y optan por el insulto y el ataque constante, lo importante es que ya hay medios serios en Grecia de tirada nacional, que incluso recogen sus comunicados sobre temas como Macedonia etc..
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La culminación de todo ello, ha sido la publicación, de la autobiografía , distribuida durante tres fines de semana por el diario To Vima, a un precio de sobre 4 euros, con periódico incluido.

La venta ha sido todo un éxito para el periódico, que venía arrastrando graves problemas económicos, como la prensa escrita en general en Grecia,  desde hacia años. La venta de la autobiografía le resulto beneficiosa al periódico. To Vima regreso al número uno de ventas de periódicos griegos durante los tres fines de semana en que tuvo a la venta la biografía. Desde 1998 que no había vuelto a ocupar esa posición, era el cuarto periódico de fin de semana más vendido, hasta la llegada de la autobiografía.

Sorprende, que la autobiografía del Rey haya sido uno de los libros más vendidos en Grecia batiendo record de ventas en 2015.

Es obvio que existía interés en los griegos en conocer su historia.


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Lo que más me ha gustado es el medio elegido para distribuirla, en Grecia los periódicos de fin de semana son los más vendidos, multiplican sus ventas con respecto a los de diario, el motivo es porque se hacen acompañar de libros, colecciones, cds de música, revistas, etc.. su éxito se basa en su precio muy asequible, 4.25 euros. La mayoría de los griegos prefiere gastarse 4.25 euros el fin de semana y no comprar el periódico semanal, por lo que hay que aplaudir que éste haya sido el medios seleccionado para distribuirlo, porque es un medio de acceso a un libro con mucho valor histórico puesto a disposición de cualquier griego. Es obvio que ésto ha sido sin duda, el objetivo de Constantino a la hora de donar su libro a To Vima,  que llegase a el publico griego en general.

Yo aplaudo esta decisión, porque no vamos a encontrar ninguna autobiografia o libro de valor histórico a ese precio tan asequible, y tan fácil de adquirir, lo aplaudo.

Tiene una gran  calidad en la impresión, ya que es de tapas azules duras, y en su interior vienen fotos cedidas propio  rey a su libro, algunas inéditas.

Dicho ésto, su contenido ha sido calificado de excelente por los expertos. El primer tomo esta dedicado a contar brevemente la historia de la dinastía parándose en los datos históricos relevantes, y especialmente detallados en la vida de su padre el Rey Pablo y la Reina Federica.
A su infancia y adolescencia.

El segundo volumen se centra en la década de los 60 y 70, con muchísimo contenido histórico , muy detallado calificado como excelente, y el III a los momentos finales de su reinado, y su vida en el exilio, dando detalles sobre su trabajo, familia e hijos, y acontecimientos históricos de su familia.


El libro tiene una fuerte demanda en el extranjero, pero a día de hoy no ha sido traducido, y sólo permanece en griego, que es la lengua en la que han sido redactadas, esperamos que sea pronto cuando se de satisfacción a esa demanda, y se proceda autorizar su traducción.






domingo, 28 de octubre de 2018

RESOLUCION JUDICIAL SOBRE LOS BIENES PROPIEDAD DE LA FAMILIA REAL GRIEGA

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Sentencia del Tribunal de Estrasburgo : Antiguo Rey Constantino y miembros de su familia contra la decisión del gobierno griego,  por vulnerar el derecho de propiedad, reconocido en la declaración de derechos Humanos.
Sentencia emitida por el Tribunal de estrasburgo sobre los bienes de la familia real griega, que habian sido confiscados vulnerando la declaración de derechos humanos civiles de Estrasburgo,por parte del gobierno del país   

 Antecedentes:

 En 1994 el nuevo gobierno griego, del Partido socialista, que acababa de tomar el cargo, aprueba un decreto ley, por el que:

1.- Se priva de todas las propiedades privadas,  incluidos los bienes muebles que se encuentran en el interior de las edificaciones, incluidos los enseres privados como fotos, ropa etc.... que pertenezcan en propiedad privada a la antigua familia Real Griega.

2.-  Se retira el pasaporte a todos los miembros de la antigua familia real, se le condiciona al cumplimiento de requisitos, que suponen adquirir un pasaporte con nacionalidad derivada, y suprimir la originaria(esto es muy grave en mi opinión, porque esta prohibido por Tratados Internacionales, al basarse la nacionalidad originaria en hechos, como haber nacido en un territorio, no en leyes)

 3.- Se elimina la nacionalidad originaria de los miembros de la antigua familia real, que portaran tal nacionalidad, por haber nacido en Grecia, o tener sus padres la nacionalidad griega al momento de nacer.

4.- Se prohíbe identificar en los tribunales griegos a Constantino o miembros de su familia enunciando el título nobiliario aunque sea anteponiendo el EX. Se considera que la familia carece de apellido , debiera de adquirir la nacionalidad, a modo de extranjeros que solicitan su nacionalidad griega asumiendo un apellido ordinario. (siempre me ha parecido excesivo el trato de las autoridades griegas e injusto)
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Centrándonos en este artículo, en el tema que tratamos hoy, el derecho de propiedad, tiempo habrá para tratar el resto de polémicas que plantea este Decreto con forma de ley.


Tras demandar en la vía interna del país los afectados. Esta vía interna obviamente no es posible obtener una resolución favorable, puesto que la propia ley contiene  mecanismos para evitar que los miembros de la familia puedan obtener una resolución favorable, se observan claras obstrucciones al derecho a la defensa, especialmente amparándose en la identificación de las personas demandantes.

El Antiguo Rey,  decide recurrir al Tribunal Internacional de Derechos Humanos de Estrasburgo.

La Convención de Derechos Humanos establece que la familia real tiene derecho a recurrir a la corte internacional.Grecia es uno de los países que firmo el tratado de adhesión de este tribunal internacional civil que enjuicia la declaración de derechos humanos, los miembros que lo suscriben acataran las sentencias del tribunal. Este tribunal es además uno de los requisitos exigidos para poder acceder a la Unión Europea.

LA DEMANDA: El Antiguo Rey Constantino remitió el caso a la Comisión del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, presentando una demanda en la que pide  al tribunal que lo restablezca a él, su hermana la Princesa Irene y su tía, la princesa Catalina,  en su derecho de propiedad,  violado por el gobierno griego al confiscar en 1994 sus bienes muebles e inmuebles.

 ACEPTACION: La Comisión, por una decisión unánime de sus 30 miembros, incluido el Juez Griego, que formaba parte de esta, dictaminó que SE HABIAN VIOLADO LOS DERECHOS HUMANOS DEL SOLICITANTE , y remitió el caso  al alto  Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH).

La Comisión Europea de derecho humanos tuvo que resolver sobre cuestiones previas y relevantes para determinar la violación de los derechos humanos. Nos centraremos en la esencial, que es quién es el legitimo propietario de los bienes puestos en cuestión. Es normal, que se haga antes de proceder el alto Tribunal.

CUESTION DE TITULARIDAD DE LAS PROPIEDADES: 

 Tras dar audiencia a las partes y la posibilidad de presentar alegaciones y pruebas, la Comisión determina que LA LEGITIMA PROPIEDAD DE LOS BIENES CONFISCADOS ERA DE:

EL EX REY CONSTANINO, quién era propietario de ,  una propiedad situada a unos 30 kilómetros de Atenas, que contenida diversas edificaciones, destacando un Palacio, sus dimensiones son considerables, era la propiedad privada más grande del Estado griego, ocupaba más de una colina, llamada Tatoi,  segundo , otra propiedad con una edificón, en la isla de Corfú,con un palacio llamado Mon Repos y por último una propiedad en la capital griega en Atenas con una edificación, que pertenecería al Ex Rey y compartía la propiedad con su hermana, la Princesa Irene y su tía, la Princesa Catalina, por tanto cotitulares de esta última propiedad.

Las pruebas presentadas ente el tribunal, para certificar la legitima propiedad de los bienes objeto de confiscación de 1994,  por parte de  antigua familia Real son contundentes. Desde escritura pública de compraventa de cada una de las parcelas que constituían estas propiedades, hasta recibos de pago, y transferencias bancarias, sucesiones testamentarias, inventarios elaborados por el propio estado griego en distintas etapas del pasado siglo en donde se delimitaba las propiedades y bienes muebles del estado y los que pertenecían a la familia real, formando parte de su patrimonio privado y relaciones jurídicas particulares, registros, acuerdos, declaraciones del Estado griego, incluso en el año 1975, el estado Griego reconoció que eran propiedad de la familia, y estableció los tributos por rendimientos que debía de pagar la familia. Los bienes muebles que decoraban el Palacio de Tatoi y  el de Corfú, incluidos los pertenecientes  al primer rey de la dinastía, ni tan siquiera eran originarios de Grecia, la mayoría de los bines pertenecieron a antiguos palacios propiedad del primer rey de la dinastía, hijo de Reyes daneses, país en el que poseía importantes propiedades palaciegas que fueron vendiendo para financiar y decorar los palacios que poseían en régimen de propiedad privada en Grecia, llegando a ser trasladados a Grecia incluso por su propia viuda e hijos años posteriores a su muerte. De forma detallada se presentan pruebas de todo ello, por parte de la familia.

Las pruebas presentadas por el estado Griego, en mi opinión dejan ver que el Estado da por hecho que los bines objeto de confiscación eran propiedad de la familia, y presenta pruebas y alegaciones bastante débiles. Tal vez por este motivo trata de basar su defensa de las alegaciones en el pago de tributos, tratando de alegar que ello justificaría la confiscación.

Las alegaciones que el estado griego, a través de sus abogados presenta ante el tribunal, como decía, son un reconocimeinto del derecho de propiedad de la familia, y por este motivo trata de justificar su confiscación basándose en el ámbito tributario, señalando que sobre ellas existían deudas tributarias pendientes. Pero permitan me decir que el medio que va a usar para justificarlo, es bastante injusto, y vulnera otros derechos fundamentales como la irretroactividad de las normas, motivo éste por el que el Tribunal va a rechazar tajantemente dichas alegaciones.

 Las propiedades, en el año 1994 se encontraban al día en el pago de impuestos, sin que recayeran deudas sobre ellas.

Explico antecedentes de esta materia:

En 1981 el gobierno de Papandreou crea el tributo de impuesto a la propiedad. Las considerables dimensiones de la propiedad de Tatoi especialmente, la más grande del Estado.Supone una carga tributaria muy excesiva, teniendo en cuenta que el propio Ex monarca no tiene pasaporte que le permita entrar en Grecia y usar las propiedades. Por este motivo en 1981, el propio gobierno griego acepta sentarse a negociar sobre la materia. Llegando a un importante acuerdo, que años más tarde seria recogido por ley en 1992:


El acuerdo, y posteriormente ley de 1992: 

- La finca de Tatoi se divide, quedándose el Ex  Rey anterior con las fincas de la propiedad de Tatoi en la que se encontraban las tumbas reales, el palacio y otras edificaciones, sobre las que tuvo que pagar impuestos que llegaban a los 500.000€, el resto de la propiedad, como digo una colina de dimensiones tan grandes como para ser la propiedad más grande de Grecia, y una autentica reserva forestal , el Rey debía de crear una Fundación forestal (sigue existiendo en la actualidad) , a la que debía de donar esa colina,    37,000 stremmas (creo que son 37 millones de metros cuadrados) para uso público. La fundación debía de proteger la reserva que seria de uso público. Un número de metros cuadrados debían de ser donados a la Fundación Lapsis, para construcción de un hospital infantíl, para el estudio de las enfermedades graves que afectan a los niños (no se llevó acabó debido ala confiscación de la propiedad por parte del Estado en 1994, la Fundación no quiso tener problemas con el Estado y desistió) ) . Por último las parcelas restantes se debían de donar al Estado griego,  concretamente 200.000metros cuadrado, es muy curioso el motivo por el que el gobierno de Papandreou necesitaba esa donación, y estaba tan empeñado en llegar aun acuerdo sobre la materia,  porque existía una proposición de las Estados Unidos, para colocar en ese área antenas, cuyo arrendamiento debía de extenderse a más de 25 años, y que han supuesto suculentas cantidades a modo de arrendamiento en favor de las arcas públicas griegas.  Este era el empeño del gobierno de que donara esas parcelas concretamente al Estado.
Además,  Constantino tuvo que pagar un total, por todas las propiedades de una cantidad de  $ 1,850 millones sobre 1, 700 euros en concepto de impuestos retrasados  y recargos.

Aceptado el acuerdo por el estado griego se procedió a la aprobación por el mecanismo de Ley(en el parlamento) , siendo aceptado, quedaba a partir de ese momento establecida la base de impuesto de propiedad, y pagadas las deudas tributarias que rezaban desde 1981, en que se creó ese impuesto. En esa ley también se va a tratar la devolución de su pasaporte, y restablecimiento en sus derechos.

Volviendo al tema de la alegación de los abogados en el juicio, reconocen el acuerdo y el pago de tributos pero tratan de basarse en que la ley de 1994 derogaba la ley de 1992, por tanto aún habiendo sido pagados los impuesto el Estado anulaba, por esta ley todos los pagos.

Decir que antes de entrar al parlamento griego la ley de 1992 , en 1991, se había llevado acabo todo establecido en el acuerdo incluido el pago de tributos.

El tribunal europeo resuelve, que no es valida la derogación retroactiva que hace de el acuerdo la ley de 1994, se puede derogar un acuerdo actual antes de llevarlo a efecto, pero no se puede derogar un acuerdo que se ha llevado a efecto, y sobre el que se han  pagado los tributos, constituido las fundaciones, las donaciones incluida la favorable al estado, no puede derogarse lo que ya se ha ejecutado.

LAS PROPIEDADES ESTABAN AL DIA EN EL PAGO DE IMPUESTO, Y SOBRE ELLAS NO EXISTIAN DEUDAS TRIBUTARIAS, ESTABAN LIBRES DE GRAVAMENES.

Resuelta las cuestiones, tenemos, que los legítimos propietarios eran los demandantes, Constantino, Irene y Catalina , y que sobre las propiedades no recaía deuda alguna.
  
PROCESO:

En 1998 se declara competente el Tribunal de Estrasburgo, y abre juicio o audiencia para que las partes presentes sus alegaciones y pruebas ante el Tribunal. Este audiencia del juicio se celebra en 1999. Seria la sala suprema de 17 jueces de distintas nacionalidades el competente en el tema.

Tras las pruebas presentadas y resolver la Comisión quién es el legítimo propietario queda la cuestión casi resuelta para el tribunal, pero debe de analizarse la cuestión de derecho.

SENTENCIA:

En el año 2000, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos dictó su fallo por mayoría de 15 a 2 (uno de los que voto en contra es el juez griego, muchos somos los que creemos que debía de evitarse que los tribunales tuvieran jueces del país que va a ser objeto de litigio por criterios de objetividad) .

La sentencia establece que el estado griego violó el derecho de propiedad del Antiguo rey Constantino, su hermana la princesa Irene, y su tía la Princesa Catalina, al confiscar en 1994 sus bienes inmuebles y muebles, entre ellos enseres personales.

Tras sentenciar a favor de la antigua familia real griega, no queda otra vía que exigir el restablecimiento del derecho de propiedad a los afectados, el Estado, debería de haber devuelto las propiedades.  Es lo normal.

Es la vía menos gravosa, y sobre todo tiene gran relevancia en el prestigio del país. Pero como digo eso es lo normal, lo excepcional es que un estado miembro del Convenio se niegue a restablecer las propiedades aun habiendo sido sentenciado por vulnerar el derecho de propiedad. Pero hablando de Grecia, un estado tan caótico con una gran injerencia  política en el poder judicial, y con una gran economía sumergida que merma el valor de los bienes, y la riqueza del país, decir que cumpliría la sentencia es la excepción .

El tribunal siguiendo la practica habitual propone un tiempo para que se negocie esa devolución por pàrte del Estado. El gobierno dice desde el primer momento que no negociara, ni devolverá las propiedades. La parte representado por el Ex Rey se mostró favorable a la negociación pero  no hubo forma de hacer entrar en razón al gobierno.

Ante la imposibilidad de que el gobierno griego se siente a negociar, en 2001, el tribunal solicita a las partes que presenten documentos  sobre el valor de los bienes. El gobierno presenta unos peritajes a la baja, pero llama la atención que aún estando resuelta la vía de la tributación, y con un casos entenciado, siga negando el contenido de la sentencia , se niega aceptar el dictamen. El rey presenta un peritaje realizado por una compañía privada especializada en la materia.

En este tema he decido pararme a explicar estos hechos.

Es obvio que la estrategia del gobierno griego es la siguiente, parte de que las propiedades son claramente de la familia, parte de que el acuerdo que se llego con Papandreou en la década de los 80, que se empezó a negociarse  en 1981, es totalmente válido y demuestra que estarían las propiedades en el orden del día del pago de impuesto. Por tanto es consciente  que el motivo por el que a confiscado responde a intereses partidistas, es una decisión personal de partido en el gobierno que carece de interés general.

El motivo analizando la propia ley de 1994, es claro y obvio, el partido socialista hace referencia a la posibilidad de que el establecimiento de forma permanente en suelo griego de la antigua familia real, cree en la sociedad la posibilidad de simpatías a la forma de estado de la monarquía.

 Todo ello es obvio al leer la ley de 1994, pide al heredero de la casa Real, y a los otros dos hijos mayores, que reconozcan públicamente que renuncian a la posibilidad de reclamar una monarquía democrática, incluso a realizar afirmaciones tales como que la monarquía no es viable.... El ensañamiento de esta ley marca claramente cual es su objetivo, un temor a que nazca en los griegos simpatías hacia la forma de estado de la monarquía democrática(y es que la época de la monarquía griega no puede ser calificada de fracaso en el caso de Grecia. La monarquía constituyo no sólo el inicio de su condición como Estado y la ampliación de su territorio, si no un gran atractivo para la inversión, en 1957 el estado crecía a un 7%, solo 8 años después de salir de una guerra civil, y y unos 13 de la segundo Guerra Mundial(que dejo un país devastado en todos los ámbitos), incluso en 1967 momento en que tras un golpe de estado dado por los Coroneles, el Rey abandona el país dejando tras de sí una situación económica bastante buena en materia de crecimiento.

A ello hay que añadir que la constitución de la República y la de la monarquía de 1952, no difieren en su estructura, incluso la Jefatuta del estado mantiene competencias que eran propias del rey, siendo la elección de el Jefe de estado la gran novedad.

Todo ello parece crear la idea en el partido socialista que la posibilidad de que el rey se establezca en suelo griego puede dar lugar a simpatías por la monarquía.Motivo por el que parece actuar de una forma radical tratando de eliminar cualquier tipo de personalidad o resto de la familia en suelo griego.

Este parece ser el único motivo que justifica la negativa del gobierno a la devolución de las propiedades, aún arriesgándose a perder prestigio internacional, y cuestionar su seguridad en materia de propiedad privada, que es esencial para la inversión.

La negativa de devolución es bastante excepcional en la materia.

La negativa del gobierno llevara como única vía la indemnizatoria, cuyas cantidades van a ser muy superiores, y gravosas.
En el 2002 el Tribunal de Estrasburgo,  establece una indenmización que es la mas alta de la historia, mas de 13 millones de euros, la cantidad se aproximaba a la solicitada en las alegaciones por los peritajes presentados por el Rey.

Señalar que el tribunal concedió al Rey el derecho a solicitar indemnización por daños, ésto es muy relevante, porque tenemos la valoración de las propiedades, el coste del juicio, pero es obvio que el propio tribunal es consciente que la no devolución de las propiedades y la campaña de desprestigio que lleva acabo el estado griego sobre el rey y su familia, en los medios griegos con la colaboración de los internacionales, negando el contenido de la resolución, va a determinar que el tribunal reconozca daños al honor de la persona, estableciendo una cantidad por ello.


En conclusión no sólo se valoró los bienes expropiados si no también el daño sufrido por el demandante.

Otra de las que debía de haber sido indemnizada debería de haber sido la abogada del Rey, quién sufrió en la prensa griega toda una campaña de desprestigio, basada en insultar a su difunto marido que había sido militar griego.

En conclusión esta justificado que el tribunal reconociera el daño provocado a la persona del Rey, y su familia por semejante campaña.

En 2002, en una rueda de prensa el Rey se mostraba contento de que hubieran reconocido su derecho de propiedad, y el de su hermana y tía, pero triste y disgustado por la actitud de un gobierno griego, movido por intereses ideológicos, importándole poco el coste que iba a tener su decisión. También muestra su acuerdo con la cuantía por los daños creados a su persona.

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Qué paso con los bienes.

Decir que los bienes de la familia en algunos casos han sido vendidos por el estado , otros como es la finca de Tatoi sufre un total abandonó por parte de las autoridades. Y Corfú ha tenido varios intentos de venta sin resultado favorable.

¿Por qué se produce esta abandonó?

El abandonó del palacio de Tatoi, tiene gran relación con distintas normas que han sido calificados por muchos adoctrinamiento que ha llevado acabo la República griega desde su constitución, destinadas a considerar a los miembros de la familia real griega como invasores extranjeros, ello aunque el estado Griego debe su creación tanto territorial como su condición de persona jurídica en el ámbito internacional a la monarquía, que incluso fue objeto de varias restauraciones siempre en situaciones delicadas, y siempre fueron a más con la monarquía, ya fuera recuperando territorio griego quitado a  Turquia, o liderando la liberalización  de invasores como los italianos y los alemanes.

Las leyes griegas han suprimido de los libros de historia a los Reyes, sin enunciarlos y atribuyendo decisiones relevantes a políticos u otros militares que ni tan siquiera eran competentes ni en  la materia, así por ejemplo yo he sido testigo de estas regulación de la historia a nivel estatal. Así por ejemplo, recuerdo  que Italia entrego oficialmente la soberanía de las  islas Dodecaneso , cuya soberanía fue entregada sobre 1947 , oficialmente en 1949 al reino de Grecia, siendo Jefe de estado el rey Pablo, a quién fueron entregadas. Dificilmente te encontraras referencias al rey en los libros de historia de Grecia en tal caso afirman que se entregaron a un gobernante de la isla etc...Todo ello lo provocan leyes aprobadas en Grecia destinadas a borrar todo un pasado glorioso con la monarquía.

Por este motivo parecen estas propiedades  condenados a perder su nula condición histórica.

No sólo están afectados por su falta de valor histórico, por ejemplo la primera declaración de Tesoros públicos de bienes muebles del palacio de Tatoi, se ha producido en 2015 con el gobierno de izquierdas de Tsipras, y lo curioso es que habiendo bienes como cuadros de su antigua Reina , fotos etc...El gobierno sólo declara que tengan valor histórico o de tesoro público, una lista de vehículos o coches abandonados en el palacio, muchos pertenecientes a la escolta real.

Ninguno de los bines muebles del palacio de Tatoi guardados en almacenes griegos tiene la consideración por parte del estado de Tesoro nacional, a pesar de que es una a palabra usada de forma incorrecta y abusiva, en artículos extranjeros, y libros que hablan de la propiedad, incluso organizaciones que se han creado con intereses difusos, que incluso han llevado a la propia casa Real a tener que emitir comunicados dejando claro que esas organizaciones no tienen ningún vínculo con la familia, pues al parecer usan la imagen de rey y su familia para vender en el extranjero posibles restauraciones, o incluso calificativos incorrectos de los bines clasificados por el Estado. Pues repito, ha sido el gobierno de izquierdas actual  quién ha declarado en 2015 tesoro público ciertos bienes de dicho palacio que serian vehículo, guardados en sus garajes y por cierto por las fotos en muy mal estado de  conservación.Hasta ese momento ningún bien ha tenido esa consideración, y ello, aún siendo propiedad del estado griego al negarse a devolverlos.

Respecto de los bienes muebles o edificaciones, el palacio  de Tatoi paso en 2012 a estar en la lista de bienes patrimoniales del Estado lo que supone la posibilidad de ser vendidos, un año más tarde en la prensa británica se afirmaba que el palacio estaría a la venta incluyendo el cementerio real.La propia prensa griega afirma que la venta quedó vacía sin que hubiera ofertas por la propiedad, pregunta, ¿por qué?

Esta propiedad fue como hemos señalado objeto de una sentencia del tribunal de Estrasburgo, pero en 2003 de una forma inexplicable, el gobierno griego que ya había procedido a pagar las indemnizaciones que le impuso el Tribunal, decidió hacer un expediente expropiatorio sobre las fincas, que no tienen mucha lógica, pues ¿a quién se lo expropia,  a ellos mismo?. No se sabe muy bien por qué hace este raro expediente, hay quién piensa que es una garantía para que los palacios queden en un total abandonó, y la realidad se cumple, me explico:

El motivo principal por el que parece no haber tenido comprador la finca de Tatoi, es debido principalmente a la desconfianza de este expediente expropiatorio. Es una propiedad que el estado ha tratado de vender aprecio descomunal en 2013, en un país donde el metro cuadrado no alcanza en esa zona, ese precio, esta necesitado de una carísima reforma, y además la duda de ese expediente, que parece dejar en el aire la existencia de un interés general que permita recuperar al estado esa propiedad. Es como una sospechosa garantía de que puede volver al estado, por la vía de expropiación.

Nadie compraría una propiedad sabiendo que sobre ella ha recaído un interés general en el pasado, representado en una expropiación,  que puede ser base para una nueva en el futuro,  que ademas no seria beneficiosa, porque el comprador ademas del precio que ha tenido que pagar en la compraventa añadiría la restauración, a modo que si se produjera una expropiación, partiendo de que la economía griega esta valores mínimos y la propiedad es la primera en sufrir esos valores, la expropiación sería beneficiosa, pues a podría darse el caso de expropiar por el valor de mercado que es bajo, en la zona, y sin tener en cuenta el valor de lo invertido en la restauración,  seria francamente un chollo la expropiación.

Los dos únicos usos que ha tenido esta propiedad han sido, pedir subvenciones a la Unión Europea, que tras ser concedidas para su restauración debiendo de ser entregada en 2012 la obra, nunca se ha hecho no se sabe que han hecho los distintos gobiernos que las solicitaron. Y el otro uso es haberse convertido en un escenario para fotógrafos que hacen álbunes para bodas,sí con las ruinas detrás, e incluso ganar un concurso de fotografia tenebrosa. En conclusión están abandonadas y eso convierte en más criticable la actuación del gobierno de Grecia, acredita que se actuó movidos por ideales ideológicos y no por interés general.Desde el 2015 el palacio de Tatoi aparece como garantía de la deuda griega frente a los acreedores.

Respecto al antiguo rey, si el objetivo de aquella ley era que la familia no regresara a Grecia y levantar simpatías, se confundieron. Reside actualmente en Grecia con un pasaporte extranjero, y en internet hay grupos de seguidores de la monarquía que simpatizan con ellos, incluso en las revistas griegas y medios de comunicación nuevos, se informa de ellos.



El tiempo ha demostrado que dichas propiedades debieron de ser devueltas a su legitimo propietario. Hoy es mas evidente para los griegos el error cometido,y posiblemente en la actualidad no hubieran permitido esa actuación de su gobierno.
El  Palacio de Tatoi  fue objeto de una sentencia  del Tribunal de Estrasburgo en favor del antiguo Rey Constantino, legitimo propietario del palacio y los bines muebles que lo decoraban, la sentencia condenaba al Estado griego por haber confiscado los bienes, violando la declaración de Derechos Humanos.

(Artículo publicado en el foro jurídico dentro de las jornadas dedicadas a analizar las  Sentencias emitidas por el tribunal de Estrasburgo en materia de propiedad, su cumplimento y eficacia, 2017.)